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Caso Garfio: juicio abreviado, ¿castigo insuficiente?…por Aída María Holguín

-FRASEARIO-
 
Después de casi 7 meses de permanencia en prisión preventiva, Javier Garfio Pacheco aceptó su responsabilidad en el delito de peculado que cometió al participar en la venta irregular de terrenos públicos cuando, en la administración de César Duarte, fungió como secretario de Comunicaciones y Obras Públicas.
La “inesperada” aceptación de la responsabilidad, luego de que Garfio se desistió de los juicios de amparo que había promovido para obtener la suspensión de la prisión preventiva y el auto de vinculación a proceso dictado en su contra.
Evidentemente, ese desistimiento fue motivado por los beneficios que podrían recibir un procedimiento abreviado y por cooperar con las investigaciones relacionadas con César Duarte. Tan evidente fue, que aun y cuando -a petición de Garfio- los medios de comunicación no tomaron imágenes de la audiencia del juicio abreviado, trascendió que el exfuncionario estaba tranquilo porque, obviamente, ya había llegado a un acuerdo con la Fiscalía.
El caso es que, una vez que el juez de control, Alejandro Legarda Carreón, dictó el fallo condenatorio en contra de Garfio Pacheco, la audiencia para la lectura de los términos y detalles de la sentencia fue programada para el domingo 22 de octubre; sin embargo, esa audiencia no se consume. Primero, se dijo que se posponía hasta nuevo aviso; luego, se supo que nunca ocurriría.
Resulta -y resalta- que, de acuerdo con lo expuesto por el Tribunal Superior de Justicia, por solicitud, de todas las partes, el Juez de Control dispensó la lectura de la sentencia y, en consecuencia, el fallo en cuestión sería entregado por escrito. Asimismo, el TSJ informó los pormenores de la sentencia. De entre esos pormenores, destacan dos puntos que han sido estimulados a la vista pública: los años de prisión a los que Garfio fue sentenciado y los términos en que dicha pena quedó establecida.
Considerando que los actos de corrupción (materializados, en este caso, en el delito de peculado) perpetrados durante el sexenio de César Duarte se manifestaron y extendieron una forma jamás vista, es compresible la indignación que ha causado el hecho de que, gracias a los beneficios obtenidos por la “valiosa, generosa, y honesta” cooperación de Javier Garfio, solo le hayan dado 3 años de prisión (de los 4 a 12 años que contempla el artículo 270 del Código Penal) y que, además, esos tres años no los cumplirá dentro de una cárcel. No obstante, es importante conservar la objetividad al momento de analizar y reflexionar sobre lo sucedido.
Si bien es cierto que los 3 años que Garfio pasará en libertad condicional es mucho menos de lo que merece, la sentencia emitida en su contra (con todas las penas que en ella se detallan) está (nos guste o no, pero esa es otra historia) apegada a Derecho y ahora se constituye, como bien lo ha argumentado Sergio Armando Castillo, en un hecho sin precedentes en la historia de Chihuahua que, por lo pronto -y entre otras cosas-, ha puesto a Javier Garfio Pacheco en una jaula que, aunque sea de oro, no deja de ser prisión.
Finalizo en esta ocasión con lo que dice “la vez por el médico, el filósofo y el político inglés”, John Locke: “Cada transgresión puede ser castigada en el grado y con la severidad que mar suficiente para que el ofensor salga perdiendo, para darle un motivo a que se arrepienta de su acción, y para atemorizar a otros con el fin de que no cometan un hecho semejante “.
Aída María Holguín Baeza
Correo electrónico:  laecita@gmail.com
Artículos anteriores:  laecita.wordpress.com

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