Agenda Fiscal: Depósitos por SPEI no son ingresos gravables si provienen de otra cuenta del contribuyente
Debido a su operatividad y a la facilidad y seguridad que brinda para transferir en forma expedita recursos monetarios de una cuenta bancaria a otra, SPEI también es utilizado para realizar traspasos entre cuentas propias de los usuarios.
El sistema de pagos electrónicos interbancarios (SPEI) es una infraestructura del Banco de México (Banxico) para enviar y recibir pagos. Es decir, para transferir dinero entre distintas cuentas bancarias en tiempo real. Sin embargo, un tribunal consideró que el hecho de que en la mayoría de los casos se utilice para recibir pagos de clientes o de terceros, no implica que su uso esté restringido a dicho propósito.
Lo anterior se debe a que debido a su operatividad y a la facilidad y seguridad que brinda para transferir en forma expedita recursos monetarios de una cuenta bancaria a otra, SPEI también es utilizado para realizar traspasos entre cuentas propias de los usuarios.
Por eso, el órgano jurisdiccional determinó que si durante un procedimiento de fiscalización se advierte algún depósito realizado mediante el uso de esa herramienta tecnológica, esa circunstancia será insuficiente para estimar que se está en presencia de pagos provenientes de clientes o de terceros y, por tanto, de ingresos gravables para efectos del pago de contribuciones.
Esto, si con los estados de cuenta correspondientes se acredita que el origen de los recursos monetarios en controversia es otra cuenta del propio contribuyente.
Esto lo publicó el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. Mediante la emisión de la tesis aislada administrativa número I.1o.A.227 A (10a.) Se trata de un criterio aislado, por lo que no reviste obligatoriedad y los tribunales pueden adherirse o diferir de éste.
Cortesia Aragón y socios
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