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Agenda Fiscal: Presenta tu declaración anual espontánea, antes de que el SAT te impida facturar

Los contribuyentes que no hayan presentado la declaración anual todavía tienen junio para evitar
problemas más graves con el fisco. El 31 de mayo fue el último día para presentar la declaración anual
de personas físicas del ejercicio fiscal 2020. Inicialmente, el último día para el trámite era el 30 de abril,
pero a través de una modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, se otorgó una prórroga
de un mes.
Sin embargo, algunos contribuyentes no presentaron la declaración a tiempo. Afortunadamente,
todavía pueden hacerlo y evitarse problemas mayores con el fisco.
Cumplimiento espontáneo
En entrevista con Expansión, Elio Zurita Morales, vocero de la comisión técnica de investigación fiscal
del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), explicó que los que no hayan presentado la
declaración ya están en falta con el fisco. Sin embargo, pueden presentarla de manera espontánea.
Esto significa que el contribuyente presenta la declaración antes de que el SAT lo obligue.
Hay que tomar en cuenta que esto debe hacerse durante el mes de junio. Si se presenta un mes
después del plazo de vencimiento, las multas y consecuencias son más graves.
El artículo 17-H bis del CFF establece los casos en los que se puede cancelar el certificado de se un mes después a la fecha en que se encontraba la obligación de presentar la declaración anual. Es decir, los
que no presenten la declaración en junio podrían perder el certificado.
El especialista recomienda presentar la declaración aunque falte información. Después, podrá presentar una
declaración complementaria. De no hacerlo, se enfrentará a la cancelación del certificado y a multas que van
desde los 15 mil hasta los 31 mil pesos.

ARAGON Y SOCIOS S.C.

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