Posicionamiento de Colegio de Abogados sobre caso Guardia Nacional
A LA COMUNIDAD EN GENERAL Y A DISTINGUIDOS MEDIOS DE COMUNICACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
ARNOLDO . ROLDAN MORENO., en mi caracter de Comisionado de Comunicacion Social de la FEDERACION ESTATAL CHIHUAHUENSE DE COLEGIOS DE ABOGADOS, A.C. y el COLEGIO DE ABOGADOS DE DELICIAS, A.C., me permito hacer de su conocimiento el siguiente:
POSICIONAMIENTO
El pasado 10 de agosto de 2022, La Federacion Estatal Chihuahuense de Colegios de Abogados y el Colegio de Abogados de Delicias A.C. emitieron el siguiente posicionamiento:
Las agrupaciones de profesionistas que se enuncian, manifiestan su total desaprobacion en cuanto a lo expresado por el Lic. Andres Manuel Lopez Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en fecha 08 de agosto de 2021, en su conferencia matutina, en relacion a que: Va a emitir: Un Acuerdo y/o Decreto en el que pretende definitivamente incorporar a la Guardia Nacional a la Secretaria de la Defensa Nacional, por lo cual:
Es necesario hacer del conocimiento de la ciudadania, que estas agrupaciones de profesionistas consideran indebido, egoista y arbitrario el anhelo del Ejecutivo Federal de pretender a traves de un Acuerdo de la Presidencia, incorporar a la Guardia Nacional dentro de la estructura organica de la Secretaria de la Defensa Nacional, toda vez que las tareas del Ejercito y la Marina Armada son distintas a las que debe desempenar una policia nacional, atendiendo a lo siguiente:
Resulta claro el evidente e intransigente interrs por parte de las decisiones del Ejecutivo de ignorar, irrespetar y sobre todo desobedecer el mandato constitucional, pero sobre todo porque:
1.- No existe justificacion legal alguna para realizar esa integracion;
2.- Las leyes organicas de la Secretaria de la Defensa Nacional y la propia de la Guardia Nacional, describen claramente y hacen mas que evidente la diferencia de la funcion de defensa nacional y la funcion de la seguridad publica;
3.- Que la Guardia Nacional es un cuerpo con una labor de seguridad, bajo las disposiciones especializadas y mando de una autoridad civil y no militar, debidamente expresado por la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos;
Sobre el particular, los ultimos tres parrafos del articulo 21 constitucional establecen:
La Federacion contara con una institucion policial de caracter civil denominada Guardia Nacional, cuyos fines son los senalados en el parrafo noveno de este articulo, la coordinacion y colaboracion con las entidades federativas y Municipios, asi como la salvaguarda de los bienes y recursos de la Nacion.
La ley determinara la estructura organica y de direccion de la Guardia Nacional, que estara adscrita a la secretaria del ramo de seguridad publica, que formulara la Estrategia Nacional de Seguridad Publica, los respectivos programas, politicas y acciones.
La formacion y el desempeno de los integrantes de la Guardia Nacional y de las demas instituciones policiales se regiran por una doctrina policial fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al imperio de la ley, al mando superior, y en lo conducente a la perspectiva de genero.
El articulo cuarto de la Ley de la Guarda Nacionalmente literalmente expresa:
Articulo 4. La Guardia Nacional es una institucion de seguridad publica, de caracter civil, disciplinada y profesional, adscrita como organo administrativo desconcentrado de la Secretaria
4.- El Presidente de la Republica es perfectamente consciente de que su acuerdo y/o decreto es contrario al espiritu de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicano e irrespetuoso de la jerarquia de la norma juridica, ya que ninguna norma juridica puede ir en contra de lo establecido en la Ley Suprema de la Nacion;
5.- Un Acuerdo o en su defecto un Decreto Presidencial, son normas juridicas de inferior jerarquia.
Para que fuera posible la inclusion de la Guardia Nacional dentro de la Secretaria de la Defensa Nacional, primero se requerira una reforma constitucional
6.- Es incuestionable que en la actual administracion, la Guardia Nacional, no esta combatiendo con la eficiencia prometida y esperada a la delincuencia, aun cuando ha sido desde su creacion muy apoyada presupuestalmente y ha sido asistida por el Ejercito, la Marina Armada y otros organos policiales, estatales y municipales, pero si distrae a esas instituciones de su funcion.
La directriz que ha guiado su funcion hasta el momento, no justifica de ninguna manera y desde ninguna optica especializada su incorporacion a las fuerzas armadas y por el contrario, resta prestigio al Ejercito y a la Marina Armada, y ante la insistencia del Jefe del Ejecutivo Federal sobre su inclusion, esta postura, origina suspicacias en la ciudadania, que teme sea utilizada a favor de las pretensiones de una ideologia e intereses politicos.
Es por lo anterior, que estas representaciones gremiales integradas por profesionales del Derecho emiten esta opinion, solicitando respetuosamente del Jefe del Ejecutivo Federal, en el interes de la seguridad publica nacional, estar a lo dispuesto en el Artuculo 21 Constitucional.
RESPETUOSAMENTE
FEDERACION ESTATAL CHIHUAHUENSE DE COLEGIOS DE ABOGADOS, A.C. y el COLEGIO DE ABOGADOS DE DELICIAS, A.C.
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