Recibirán trabajadores pensionados subcuenta de Infonavit
Con la finalidad de mantener informados a todos los pensionados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social 1973, en relación a la reforma a la Ley del Infonavit (Artículo 8° transitorio), en vigor desde el viernes 13 de enero de 2012, la cual hace posible que los trabajadores pensionados reciban en una sola exhibición el saldo de su Subcuenta de Vivienda 1997, es decir, el ahorro que se generó del cuatro bimestre de 1997 a la fecha en que la persona se pensionó, incluyendo los rendimientos generados hasta el momento de la transferencia al gobierno federal, hago de su conocimiento lo siguiente:
Que el trámite podrá realizarse a partir de este lunes 16 de enero atendiendo los siguientes pasos:
Primero, el pensionado deberá identificar el grupo al que pertenece:
Grupo uno, nuevos pensionados; (Personas que se pensionen después de la entrada en vigor de la reforma a la Ley)
Grupo dos, pensionados con demanda y resolución a su favor (laudo o resolución de juez);
Grupo tres, pensionados con demanda en trámite (demanda laboral o juicio de amparo);
Grupo cuatro, pensionados que no solicitaron la devolución o que lo hicieron y obtuvieron resolución en contra.
Segundo, los grupos 1, 2 y 3, llenarán una solicitud de devolución. Las solicitudes podrán enviarse mediante el portal del Infonavit, donde encontrarán el formato, o bien, tienen la opción de hacerlo vía telefónica en Infonatel al 9171 5050 o 01 800 008 3900. El sitio de la institución es www.infonavit.org.mx.
Infonavit recibirá solicitudes en las siguientes fechas:
Grupo 1, a partir del 13 de febrero;
Grupo 2 y Grupo 3 a partir del 16 de enero.
El Grupo 4 deberá esperar un plazo máximo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de la reforma a la Ley del Infonavit, en el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dará a conocer la manera en que se devolverán los recursos.
Una vez hecha la solicitud se Valida la misma, y se programa una cita, En la cual, el pensionado entregará la información y la documentación necesaria.
Ahí mismo Firmará estar conforme con la cantidad que se le depositará en la cuenta bancaria que elija. El depósito se hará en un plazo máximo de diez días.
La información que el pensionado tendrá que llevar a la cita, independientemente a que grupo pertenezca, serán los siguientes: Número de solicitud y número de cita. Número de Seguridad Social (NSS); es el número de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tiene 11 dígitos. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave, es decir, con los tres últimos números y letras del RFC que le asignó el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Los documentos que presentará serán los siguientes:
-Nuevos pensionados o Grupo Uno.- Original y copia de la credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente. Original y copia del estado de cuenta bancario con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica del dinero. Se conoce también como CLABE.
Si no se tiene una cuenta bancaria, deberá abrirse una a nombre del pensionado para continuar con el trámite. Puede ser la misma donde el IMSS paga la pensión. El estado de cuenta no debe tener una antigüedad mayor a dos meses. Asegurarse de que la CLABE y el número de cuenta sean correctos; si hay algún error, la transferencia no podrá llevarse a cabo y se deberá iniciar el trámite de nuevo.
-Pensionados con demanda firme o Grupo Dos.- Original y copia de la credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente. Original y copia del laudo del juicio (carátula, resolución y firmas). Original y copia del estado de cuenta bancario con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica del dinero. Se conoce también como CLABE.
-Pensionados con demanda en trámite o Grupo Tres.- Original y copia del desistimiento de la demanda o amparo, ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o Juzgado. Original y copia de la credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente. Original y copia del estado de cuenta bancario con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica del dinero. Se conoce también como CLABE.
-Pensionados sin demanda o resolución en contra o Grupo Cuatro.- En un plazo máximo de 6 meses, a partir de la entrada en vigor de la reforma, la SHCP dará a conocer la manera en que se devolverán los recursos.
Por seguridad en todos los casos sólo se atenderá al titular de la pensión, dado que tendrá que firmar la Conformidad, no lo podrán hacer abogados ni terceros con poder notarial. Tratándose de beneficiario, tendrá que hacer el proceso de designación ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o autoridad judicial. Así mismo el pensionado debe de tener en cuenta que este tramite de devolución de recursos ante el Infonavit es gratuito.
Jorge Rosas
February 23, 2012 at 12:35 pm
Alguien pudiera decirme, mi papa tiene 87 años nunca utilizo su credito infonavit, es pensionado se pensiono en 1988 el puede acceder a obtener el monto de su subcuenta.