Aprueba Congreso iniciativa para endurecer penas contra empleadores de niños
En el marco de la celebración infantil por el Día del Niño, el Congreso del Estado aprobó el dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Derechos Humanos en torno a la iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario del PAN para sancionar a quien emplee, aún gratuitamente, a personas menores de 16 años o que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho, aplicando prisión de 6 meses a 2 años y multa de 100 a 300 veces el salario mínimo vigente.
La diputada Inés Aurora Martínez Bernal recordó que la iniciativa fue presentada en enero del presente año por los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional con el fin de modificar el artículo 182 del Código Penal del Estado, relativo al trabajo infantil y advirtió que la pena impuesta podría incrementarse hasta en una mitad cuando se trate de personas menores de 14 años.
“El objetivo es fortalecer el marco jurídico para evitar que las personas menores de 14 años, incursionen al mercado laboral para no mermar su rendimiento educativo, su desarrollo personal y su integración a la sociedad además de preservar el concepto de la infancia, pues, si bien es cierto que la legislación federal prohíbe que las personas menores de catorce años trabajen, de no establecer claramente la aplicación de una sanción más severa, las leyes se convierten en letra muerta” destacó.
Aclaró la necesidad de aplicar a quienes violenten este ordenamiento, tanto las sanciones económicas como el castigo con cárcel en aras de erradicar dichas conductas, afirmó la diputada panista.
El decreto presentado por las Comisiones Unidas que trabajaron la iniciativa quedó redactado de la siguiente manera:
Artículo 182. A quien emplee, aún gratuitamente, a personas menores de dieciséis años o que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho, utilizando sus servicios en lugares o establecimientos donde preponderantemente se expendan bebidas alcohólicas para su consumo inmediato o se presenten al público espectáculos obscenos, se le aplicará prisión de seis meses a dos años y multa de cien a trescientas veces el salario. Se incrementará la pena hasta en una mitad cuando se trate de personas menores de 14 años.
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