En Chihuahua se castiga severamente el delito contra la mujer
*Exhorto sobre tipificar el feminicidio enviado por el Congreso de la Unión se turnará a comisión para su revisión.
*Basta que la privación de la vida se cometa en contra de una mujer para que la penalidad suba hasta 60 años de cárcel – Artículo 126 del Código Penal.
Chihuahua.- En atención al exhorto que hizo la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión al H. Congreso del Estado, para que discuta y en su caso apruebe el tipificar en el Código Penal de Chihuahua el delito de feminicidio; la LXIV Legislatura plantea lo siguiente:
Dentro del Código Penal del Estado de Chihuahua, en el Artículo 126 existe la agravante al delito de homicidio, cuando el sujeto pasivo es de sexo femenino, razón por la cual se consideró más adecuado que la creación especial de un tipo penal, toda vez que implica un aspecto de subjetividad que pueda afectar gravemente la procuración de justicia.
Actualmente, en la Legislación del Estado de Chihuahua, basta con que la privación de la vida se cometa en contra de una mujer para que la penalidad suba hasta 60 años de cárcel, sin tener que comprobar nada más que el sexo de la víctima, con esto, se es más garantistas.
El Diputado, Presidente del Congreso, Pedro Villalobos Fragoso explicó que de existir un tipo Penal como el feminicidio, se enumeraría una serie de requisitos, implicando un aumento en la probabilidad de impunidad, que al no poder comprobar la adecuación de la conducta del homicida al previsto en la Legislación, probablemente será sancionado con una pena menor a la que le corresponde o peor aún, quedaría en libertad.
Finalmente, comentó que el exhorto enviado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, será remitido a la Comisión de Justicia para su análisis a fondo y en su momento se dará respuesta a dicha instancia, además señaló que la función de los Legisladores es otorgar mayores garantías de seguridad a la sociedad del Estado.
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