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Liberan a sicarios a pesar de pruebas presentadas

Ejectado noche...Chihuahua.- C0mo en los tiempos de la Procuradora Patricia Gonzalez, los jueces orales Aram Delgado García, Carlos Martínez García y Juan Javier Cornejo Páez, exoneraron un trío de sanguinarios sicarios a pesar que la defensa presentó un video donde los mercenarios confiesan par de  asesinatos.

Y en vez de ser sancionados con pena perpetua por sus delitos, los malandros resultaron favorecidos por la justicia al estilo del anterior gobierno. Ellos son Rodolfo Sierra Archuleta (a) “El 31”, Sergio Daniel Martínez Segura (a) ”El 32” y Pedro Martínez Gordillo (a) ”El medio”.

En respuesta, la Fiscalia de Justicia apeló el dictamen liberador de  los jueces y solicitó reinstalar el juicio porque no utilizaron como criterio las nuevas reformas a la ley penal, se informó en un comunicado.

Por otro lado, se aumentaron los cargos criminales contra el trío de sujetos, por lo que no serán liberados del Cereso y continuarán bajo otros procesos mientras se pretende echar abajo la decisión de los jueces implicados en este nuevo insulto, contra los ciudadanos acosados por el hampa.

En las prueas videograbadas y rechazadas de plano por los jueces, los 3 sujetos confesaron haber ejecutado a Luis Herrara Aguirre y Gaspar Sariñana Morales el 6 de septiembre de 2009, en el cruce de la Avenida Francisco Villareal Torres y Lolita Lebron de colonia Lucio Blanco.

Aunque la prueba fue autorizada por un Juez de Garantía con el fin de ser presentada en el juicio oraln el acuerdo no fue respetado por los jueces y con ello no se valoró las evidencias ofrecidas por el Ministerio Público.

Además, el rechazo de la prueba confesional en video  viola los principios del propio proceso penal.

Esta Fiscalía, considera que la obligación del  Tribunal Oral era haber escuchado y observado las video grabaciones,  y sería después, un tema de valoración e interpretación de la misma; pero no un rechazo total para la producción en el juicio de debate.

Es de señalar, que esta carpeta de investigación fue heredada por la anterior administración; en donde la acusación se presentó seis meses atrás, por lo anterior personal que pertenece esta nueva  Fiscalía, solo se presentó al Juicio Oral a  defender lo actuado en la acusación.

Tal es caso, que inmediatamente un Agente del Ministerio Público de esta Fiscalía, interpondrá el recurso de casación al no estar de acuerdo con el criterio del Tribunal Oral; citando como antecedente el tema de la aceptación y valoración de la prueba, criterio que ya fue aplicado por un Tribunal de Juicio Oral de este Distrito Judicial Bravos, que ya había aceptado la retroactividad de la norma.

Ya que a partir del 23 de octubre de 2010, hubo una reforma al Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua, el cual cita que queda permitido como prueba la producción de la declaración del acusado video-grabada.

Es el caso que por esta errónea interpretación de los jueces que integran el Tribunal Oral, los imputados identificados como Rodolfo Sierra Archuleta (a) “El 31”, Sergio Daniel Martínez Segura (a) ”El 32” y Pedro Martínez Gordillo (a) ”El medio”,  quedaron sin responsabilidad penal en estos  hechos.

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