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Proponen diputados agilizar tramites de testamentos

raulChihuahua.- A nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el diputado Raúl García Ruiz presentó una iniciativa con carácter de decreto para reformar y derogar varios artículos del Código Sustantivo Civil del Estado a fin de eliminar la asistencia de testigos instrumentales al otorgamiento del testamento público abierto, excepto cuando el testador no sepa o no pueda leer o firmar el testamento.

El legislador panista indicó que dicha medida proporciona normas más eficaces para que el testador disponga libremente de sus bienes y derechos, y que la propiedad de la titularidad de estos se transmita a las personas, herederos y/o legatarios, sin complicaciones.

 

“Se trata de terminar con círculos viciosos que algunas veces se presentan al momento de reunir a los testigos y que al final se haga uso de personas que por azares del destino se hallan en la notaria pública, inclusive, del mismo personal de las oficinas notariales para no postergar más el trámite”, indicó Raúl García.

 

Agregó que debido a algunas disposiciones jurídicas, muchas veces las personas tiene que hacer malabares para poder realizar alguna disposición testamentaria, tal es el caso, del testamento público abierto, que define el artículo 1415, como el que se otorga ante notario y tres testigos.

“Uno de los requisitos obligatorios es la presencia de los testigos instrumentales, situación que resulta problemática porque la mayoría de las veces el retraso o ausencia de alguno de ellos impiden que se realice el testamento, en otras palabras, se pierde tiempo para reunir a las cinco personas, (3 testigos, testador y notario); porque siendo el testamento un acto solemne, cualquier inobservancia en la forma puede tener consecuencias sobre la validez del mismo. Cabe destacar que la mayoría de las nulidades en los testamentos se ha dado en función de los testigos y nada tiene que ver con la voluntad del testador”, dijo.

 

Para finalizar, Raúl García Ruiz indicó que se pretende reformar y derogar varias disposiciones jurídicas para eliminar la asistencia de tres testigos y que solo sean dos cuando se trate de personas invidentes o con sordera para dotar de seguridad tanto del testador y notario, asimismo, en los casos que el testador ignore el idioma del país, este pueda requerir un traductor en vez de dos, como lo dispone el artículo 1410 vigente.

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