Agenda Fiscal: Retención por intereses de un préstamo de una física
La empresa debe emitir el CFDI con complemento de pagos y retenciones, por las realizadas al accionista. Debido a los problemas de liquidez que actualmente presenta la empresa, uno de los socios le realizará un préstamo, el cual se piensa liquidar en un año y cobrará un interés. ¿Estamos obligados a retener ISR a la persona física por el pago de los intereses?
Los ingresos por intereses percibidos por una persona física, provenientes de una persona moral del Título II que no es parte del sistema financiero, se regulan por el Capítulo IX (de los demás ingresos que obtengan las personas físicas) del Título IV de la LISR. Especificamente el artículo 142, fracción II de la LISR establece que se consideran ingresos a la ganancia cambiaria e intereses provenientes de créditos distintos a los señalados en el Capítulo VI del Título IV de la LISR.
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