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Agenda Fiscal: Si entrega PTU en mayo 2020, paga menos ISR

Mecánica que deben seguir las personas morales para el cálculo de sus pagos provisionales acorde a las reformas 2020. De conformidad con el artículo 14, fracción II, inciso a) de la LISR, reformado a partir de 2020, las personas morales que durante mayo de 2020 distribuyan a sus trabajadores la PTU generada durante el ejercicio 2019, podrán disminuir la cantidad así distribuida, de la utilidad fiscal para efectos de pago provisionales de ISR, en los siguientes términos:

  • La PTU se disminuirá, en partes iguales de manera acumulativa, en los pagos provisionales correspondientes a los meses de mayo a diciembre
  • La disminución se realizará hasta por el monto de la utilidad fiscal determinada para el pago provisional que corresponda, sin que implique recalcular el coeficiente de utilidad

Para efectos de ilustrar lo anterior, considérese el caso de una compañía que el 28 de mayo de 2020 distribuye la cantidad de $150,000.00 entre sus trabajadores por concepto de PTU.

Cálculo de la parte mensual de la PTU pagada

 

 

 

 

cortesia Aragón y socios

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