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Metodo de pago en declaraciones del RESICO

Importancia de este concepto para la determinacion de impuestos

AGENDA 5
Los nuevos regimenes fiscales de confianza son una realidad, esto pese a los multiples problemas que sufrieron los contribuyentes respecto al aviso del cambio de regimen o en el llenado de declaraciones mensuales.
Una de las principales problematicas es el prellenado de la declaracion, en el cual la autoridad le ha asignado una importancia primordial a los CFDI, toda vez que estos los ocupa para la determinacion de los impuestos en las declaraciones mensuales.
El prellenado tiene su fundamento en la regla 3.13.8. de la RMISC 2022, en la cual indica que las personas fisicas que tributen en el Regimen Simplificado de Confianza, deberan presentar el pago
mensual a traves de la declaracion ISR simplificado de confianza.

Personas fisicas, a mas tardar el dia 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago y dicha declaracion estara prellenada con la informacion de los CFDI emitidos por las personas fisicas en el periodo de pago.
Misma circunstancia se replica para las personas morales del RESICO en la regla 3.13.18. de la
RMISC 2022, en donde a diferencia de lo que ocurre con las personas fisicas, se establece que en caso de que el contribuyente requiera modificar la informacion prellenada de los pagos provisionales o de la declaracion anual, debera presentar las declaraciones complementarias correspondientes

Ahora bien, al considerar que los RESICO tanto de personas fisicas como de personas morales acumulan sus ingresos conforme a lo efectivamente percibido, no es sorpresa que el metodo de pago registrado en el CFDI sirva para identificar los ingresos acumulables del contribuyente.
Por lo anterior, en el supuesto de que un contribuyente emita un CFDI con el metodo de pago PUE y no perciba
efectivamente el ingreso, la autoridad podria considerarlo como acumulable, lo que genera un error en la
declaracion mensual o provisional, asi como un perjuicio en contra del contribuyente que debera pagar un impuesto por un ingreso no recibido.
Por el contrario, si se emite un CFDI con el metodo PPD cuando debio ser PUE, representara tambien un error
en la declaracion, con el posible riesgo de que la autoridad pueda iniciar sus facultades de comprobacion para
determinar correctamente los impuestos omitidos. Asi las cosas, el metodo de pago resulta relevante tanto para
la determinacion de ingresos como de deducciones autorizadas (deducciones solo en el caso de personas
morales) en el RESICO.

 

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