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Trabajadores con RFC sin obligaciones fiscales podrian complicar timbrado de nomina

Tecnicamente seria viable expedir el CFDI de nomina indicando el regimen 605, pero no se recomienda dejar a los trabajadores sin el regimen correcto. El 1 de julio, los contribuyentes tendran que facturar con la version 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electronica.AGENDA-5-150x75-2-150x75

Uno de los requisitos del CFDI 4.0, es que debe contener el regimen fiscal del receptor del comprobante. Validacion del regimen fiscal De acuerdo con un articulo publicado por Fiscalia, la validacion que se hara de este dato no necesariamente consiste en que el regimen sea exactamente el que el receptor tenga registrado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

El articulo indica que lo anterior se debe a que la matriz de errores del CFDI 4.0, documento que contiene los parametros de validacion de estos documentos, senala los siguientes parametros: Regimen fiscal del emisor: El regimen fiscal que se registre en este atributo debe corresponder con el tipo de persona del emisor.

Regimen fiscal el receptor: El regimen fiscal que se registre en este atributo debe corresponder con el tipo de persona del receptor. Lo anterior quiere decir que no se trata de validar que el regimen del receptor sea exactamente aquel en que esta registrado, sino que basta que sea uno que corresponda al tipo de persona: fisica o moral.

El uso de CFDI depende del regimen fiscal registrado Pero el articulo de Fiscalia senala que esto no quiere decir que se pueda colocar cualquier regimen segun el tipo de persona, pues no se debe perder de vista que el campo ?Uso del CFDI?, donde se define que uso tiene ese comprobante, depende del regimen fiscal registrado para el emisor.

Esto se debe a que la propia validacion del campo? Uso CFDI senala que: La clave del campo Uso CFDI debe corresponder con el tipo de persona (fisica o moral) y el regimen correspondiente conforme al cataogo c_Uso CFDI.

En el catalogo c_Uso CFDI se incluye la columna regimen fiscal del receptor, que indica cuales son los regimenes permitidos para cada uso. Por esta razon, no se sugiere que los regimenes se utilicen de manera indiscriminada, sino que se busque contar con la informacion precisa de los clientes, receptores de estos documentos.

CFDI de nomina Para el caso especifico del CFDI de nomina, el uso que le corresponde es CN01? Nomina, y dicho uso unicamente puede ser expedido al regimen del receptor ?605 Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios.

Pero en el articulo se indica que al verificar el regimen de sus trabajadores, los patrones se han llevado una serie de sorpresas, siendo una de ellas que los trabajadores estan registrados en el regimen 616? Sin obligaciones fiscales, en lugar de la obligacion 605? Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios.

Se debe poner atencion al regimen de estas personas En el articulo se explica que tecnicamente seria viable expedir el CFDI de nomina indicando el regimen 605, pero no se recomienda dejar a los trabajadores sin el regimen correcto.

Esto se debe a que eventualmente podria generar problemas, sea en la emision de CFDI, en el llenado de declaraciones o hasta en la propia deducibilidad de la nomina.

Por eso, Fiscalia considera importante que, en las validaciones de datos de registro en el RFC que se estan llevando a cabo actualmente por parte de los patrones, se ponga especial atencion al regimen de estas personas, detectando las inconsistencias que se tengan y, con base en eso, armar un plan de accion que ponga orden a estos registros.

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