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Se cae juicio vs Duarte por testigos protegidos

duarteChihuahua Chih.– Un amparo fue concedido al ex gobernador César Duarte, en el cual se niega una orden de aprehensión en su contra.

 Según la resolución de amparo, el ministerio público de Chihuahua no logró acreditar los requisitos de fondo, tales como datos de prueba idóneos para poder librar la orden de aprehensión en contra de Duarte Jáquez.

La fiscalía de Chihuahua basó la acusación del delito con información proporcionada con testigos con identidad reservada a lo cual resuelve que:

 “Fue omiso en exponer los fundamentos y motivos por los cuales decidió resguardar la identidad de los citados testigos; tampoco demuestra que alguna autoridad judicial intervino y avaló tal reserva. En su escrito de solicitud, el agente del Ministerio Público no expone argumento alguno para justificar la necesidad de que estos testigos deban permanecer bajo identidad reservada”.

El amparo concedido fue otorgado en el caso donde acusaban al ex diputado de Movimiento Ciudadano Fernando Reyes, de haber recibido 2 millones 420 mil pesos, mediante la simulación de contratos, donde supuestamente fueron entregados por el ex gobernador.

La relevancia del caso estriba en que todos los casos contra duartistas, emprendidos por la actua administración, están basados en la declaración de testigos protegidos sin identidad.

Las claves de los cinco testigos protegidos que declararon contra Fernando Reyes y César Horacio Duarte Jáquez, son, según el expediente, los identificados como R78D7-5ADS35X/2017, N52S1-6FDX37M/2017, G85D4-9LAY64B/2017, T53W2-5HQY98L/2017 y F82S3-8NHY98L/2017.

La sentencia de amparo fue cumplida por la juez de control del distrito judicial Morelos, María Guadalupe Hernández Lozano.

El punto primero de los resolutivos señala textualmente:

PRIMERO.- Se niega libra (sic) orden de aprehensión en contra de César Horacio Duarte Jáquez; respecto de los hechos que el agente del ministerio público afirma son señalados como delito de peculado agravado, en el párrafo I, del artículo 270 del código penal para el estado, sancionados en términos del último párrafo de dicho artículo; ocurridos durante el mes de enero, al mes de agosto, del año dos mil dieciseis; en agravio del estado de Chihuahua.

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