Desprotección civil, teoría sin práctica…por Aída María Holguín
Los efectos adversos que dejara la onda gélida en Chihuahua, parecen interminables. Y es que el frío arrasó con todo, incluso con la eficacia del sector público, cuyas acciones siguen en tela de juicio ante la escasez de materiales para realizar las costosas como necesarias reparaciones en viviendas y negocios de la entidad; eso sin contar la baja en la productividad y los daños del sector agropecuario.
Como si no fuera suficiente lo que enfrentamos los chihuahuenses con la deficiencia de las políticas para la “seguridad” pública que han provocado el incremento en la delincuencia e impunidad en nuestra entidad, todavía se suma un elemento más que deja en evidencia la carencia de mecanismos que aseguren el bienestar de la ciudadanía, y que finalmente tienen que ver con la seguridad pública, sin que necesariamente se liguen a la delincuencia.
Ciertamente existe una Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua (LPC); sin embargo, por el momento resulta inútil analizar artículo por artículo, ya que hubo incumplimiento –y por lo tanto violaciones– prácticamente en su totalidad.
Es por eso que nacen varios cuestionamientos: ¿dónde estaban las autoridades “competentes”? ¿dónde los funcionarios que deben realizar las inspecciones para PREVENIR desastres, calamidades y catástrofes? ¿dónde estuvieron los planes de protección civil?, en resumen: ¿dónde quedó el cumplimiento de la Ley de Protección Civil?
Eso sí, lo único que se sigue al pie de la letra es lo señalado en la fracción X del Artículo 14: “Solicitar la ayuda de la Federación en caso de que el desastre supere la capacidad de respuesta local”. Lo que también evidencia la incapacidad de respuesta local ante las contingencias que pueden PREVENIRSE. En general, la teoría se quedó en teoría, y la práctica nunca llegó.
Cuando todo era un caos por la falta de PREVENCIÓN, lo único que le quedó por hacer a las autoridades fue repartir culpas –como suele suceder– y tratar de “apagar fuegos” que en muchos de los casos se convirtieron en “incendios” gracias a la incompetencia de los funcionarios públicos encargados de “proteger” a la ciudadanía.
Ni el Sistema de “Protección” Civil del Estado de Chihuahua, ni los de los municipios, hicieron nada para PREVENIR las consecuencias de lo que desde varios días antes el Weather Channel y algunos otros medios del pronóstico del clima anunciaban estaba por llegar y que provocó compras de pánico y el desabasto de prácticamente todo lo necesario para sobrevivir a tales circunstancias.
Ante lo acontecido, tan sencillo hubiera sido que haciendo uso de los medios de comunicación, –tal y como lo hacen a nivel estatal para difundir los “logros” de gobierno– se hubiera transmitido un breve mensaje –oral o escrito– que dijera: cierren las llaves de paso de los medidores de agua y abran todas las llaves para que vacíen los tinacos en contenedores que posibiliten su empleo posterior.
Con esa sencilla instrucción, miles de viviendas no estarían aún sufriendo por las fugas de agua causadas por el congelamiento-descongelamiento de las tuberías; y lo más importante: las familias chihuahuenses no hubieran sufrido por el desabasto de agua y no se estarían enfrentando al desembolso de miles de pesos a causa de los abusos en el incremento de los materiales debido a la escasez, y del cobro excesivo en la mano de obra por parte de los plomeros.
Si bien es cierto que ante las exigencias de diferentes sectores de la sociedad chihuahuense, el gobernador Duarte ha nombrado ya un nuevo Coordinador Estatal de Protección Civil (CEPC), no será suficiente para querer tapar con ello, “otro pozo donde se ahogó otro niño.” –Por cierto que esta es otra violación a la Ley, el único con atribuciones para nombrar o remover al titular de la CEPC, es el Fiscal del Estado–
Es importante señalar que Artículo 6 de la LPC, dice claramente que el “Sistema Estatal de Protección Civil […], será organizado por el Ejecutivo del Estado por conducto de la Fiscalía General del Estado, y tiene como fin PREVENIR, proteger y salvaguardar a las personas, los bienes públicos, privados y el entorno ante la posibilidad de un siniestro o desastre […]”; por lo que la responsabilidad de lo sucedido, no solo es del Coordinador, sino del propio ejecutivo estatal, de la fiscalía General del Estado y los demás integrantes del Consejo Estatal de Protección Civil que señala el Artículo 13.
Será entonces necesario asumir las responsabilidades que a cada quien corresponda, hacer cumplir la normatividad en materia de Protección Civil y combatir la corrupción en el sector de la construcción para que también se haga cumplir los Reglamentos de Construcción, sus Normas Técnicas y Normas Oficiales Mexicanas–, previniendo y evitando que en un futuro vuelva a suceder una contingencia de esta magnitud.
La sustitución del coordinador de protección civil en la entidad, resulta pues insuficiente; el tamaño de la catástrofe exige medidas claras que garanticen eficiencia en la PREVENCIÓN y posterior atención de sus efectos, que todavía están por verse bajo la lupa del historiador y político inglés, Thomas Macaulay, quien afirmara que: “Los políticos tímidos e interesados, se preocupan mucho más de la seguridad de sus puestos que de la seguridad de su país.”
Aída María Holguín Baeza Correo: laecita@gmail.com
Artículos anteriores: http://laecita.wordpress.com
Últimos comentarios