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Las palabras importan… por Hiram Camarillo

Es imposible tolerar que una persona con autoridad pronuncie en una tribuna que la poblacion LGBT+ es la causa del abuso sexual contra los animales. Eso constituye un acto de incitacion al odio.

POR HIRAM CAMARILLO
TWITTER:??JH_CAMARILLO

El discurso de odio sea en las calles, en los parlamentos o en las universidades, no puede escudarse en la libertad de expresion. El pasado martes el diputado local Carlos Alfredo Olson, presento una iniciativa para tipificar la zoofilia como delito en la entidad. Si bien el maltrato animal ya se contempla en el Codigo Penal, no esta de mas proponer la tipificacion particular de la zoofilia, por lo que resulta plausible la propuesta.?En este espacio abordo en dias previos?el tema del maltrato animal.

Sin embargo, la argumentacion presentada en la exposicion de motivos de la iniciativa de Olson rspidamente desperto criticas. La razon: el diputado menciono que la poblacion LGBT+ es quien esta propiciando y tratando de normalizar el abuso sexual en contra de los animales. Tambien afirmo que la identidad de genero o el libre desarrollo de la personalidad dejan la puerta abierta para normalizar la zoofilia. Tanto los colectivos LGBT+ de Chihuahua, asi como la diputada Leticia Ortega en un posicionamiento, apuntaron que las afirmaciones del diputado son identificables como discurso de odio y le solicitaron una disculpa publica. El diputado Olson no rectifico y prefirio abogar de manera irrisoria que el discurso de odio era contra el, ya que le coartaban su libertad de expresion y lo discriminaban. Se victimizo con un razonamiento similar al de quienes creen en la heterofobia, el hembrismo, el racismo hacia los whitexicans y el clasismo hacia los fifis.

Cualquier discurso, tiene fuerza ilocutiva y procura efectos performativos. A traves del discurso se instauran normas culturales. Cuando el discurso se utiliza para referirse a un grupo particular, se construye una percepcion sobre el y, eventualmente, incide en el comportamiento de las mayorias frente a ellos. De esta manera, el lenguaje puede perpetuar prejuicios, estigmatizacion y exclusion.

Cuando el lenguaje machista, homofobo o racista es aceptado, las conductas discriminatorias se expanden y pueden llegar a los extremos, como los feminicidios o de los ataques a personas homosexuales, transgenero, etc. Por ello, es imposible tolerar que una persona con autoridad pronuncie en una tribuna que la poblacion LGBT+ es la causa del abuso sexual contra los animales. Eso constituye un acto de incitacion al odio, ya que se acusa falazmente a esa minoria de ser la causa de actos violentos y aberrantes contra el bienestar animal.

Una caracteristica inherente a un Estado democratico es la garantia de la libertad de opinion y expresion de todos los ciudadanos. No obstante, la libertad de expresion tiene como limites los discursos de odio, que son categorias de expresion oprobiosas con las que se descalifica a determinadas personas con motivo de su origen etnico o nacional, genero, discapacidades, condicion social, religion u orientacion sexual, con el animo de provocar un rechazo hacia ese grupo social. Por ello, la SCJN ha establecido criterios que senalan que el lenguaje discriminatorio y los discursos de odio no encuentran proteccion constitucional. Particularmente en el caso del discurso homofobo, concluyo que las expresiones que conlleven una incitacion, promocion o justificacion de la intolerancia hacia la homosexualidad, constituyen un acto de discriminacion, vedado por la Constitucion (https://bit.ly/3r8XOsQ).

Acoto que el debate mundial sobre la regulacion de los discursos de odio frente a la libertad de expresion es complejo. No es sencillo resolver hasta que punto los discursos discriminatorios deben tolerase y de que manera deben sancionarse. En el caso Matal v. Tam, de 2017, la Suprema Corte de los Estados Unidos, mediante un proyecto del conservador Alito, rechazo toda iniciativa destinada a sancionar los discursos de odio bajo un viejo principio (del Justice Holmes, a comienzos del siglo XX) segun el cual el derecho de libertad de expresion protege la libertad de expresar el pensamiento que odiamos. Al contrario, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha adoptado desde siempre un enfoque mas restrictivo respecto de la libertad de expresion, como, por ejemplo, en el caso Vejdeland y otros v. Suecia de 2012.

De lo que todos estamos seguros, es que no son de ninguna manera discursos de odio los reclamos de los colectivos LGBT+ y de los grupos parlamentarios de Morena y PT hacia el diputado Olson. El discurso de odio se ejerce hacia un grupo que historicamente ha sufrido discriminacion a causa de injusticias. Es decir, depende de las estructuras sociales y relaciones de dominacion. Desconozco si el diputado pertenece a un grupo desventajado, pero parece hombre, blanco, hetero, cisgunero y de una clase media. Dijo que etiquetarsele como “conservador” era discriminatorio, cuando los principios politicos que fundaron en 1939 al PAN son la democracia cristiana y el conservadurismo. Juzgue usted.

Si el lenguaje construye la realidad y queremos una sociedad inclusiva, no podemos darnos el lujo de minimizar la carga de las expresiones que usamos y no perder de vista que las palabras importan. Cuando a un discurso de odio se le cobija bajo la libertad de expresion o es reducido a ser una simple expresion de ideas hirientes para la sensibilidad, es bueno recordar el dano que esta implicado en sus consecuencias. Como dijo Karl Popper: por mas paradojico que sea, defender la tolerancia exige no tolerar lo intolerante.

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