Plagio y deshonestidad academica: asunto de interes publico…por Aida Maria Holguin
Fraseario—
Segun el Diccionario de la lengua espanola, plagio?es la accion y efecto de plagiar, y plagiar? es copiar en lo sustancial obras ajenas, dandolas como propias.
Se trata pues de una infracci?n que, en el ?mbito academico, se sienta dentro de las conductas deshonestas o fraudulentas que, por obvias razones, deben ser causales de algun tipo de sancion.
De ahi?que las instituciones que se precian de honorables y de reconocida solvencia moral cuentan con codigos de etica y buenas pr?cticas mediante los cuales inculcan, fomentan y exigen a sus miembros el comportamiento apropiado para la prevenci?n, detecci?n y combate del plagio, de lo contrario aplican las sanciones previstas correspondientes. Y es que, como bien lo senalan Maria Eugenia De la Chausse y Ricardo Chezari de La Chausse, el plagio, sea intencional o no, es una falta academica que va en detrimento del desarrollo integral (intelectual y moral) de las personas y de la generaci?n de conocimiento.
El detalle es que, en el contexto de la educaci?n superior, el plagio -no intencional-?no debe existir porque dicho nivel acad?mico-educativo supone que los involucrados cuentan con el nivel de competencias, habilidades, conocimientos, aptitudes y actitudes necesarias para evitar incurrir en el plagio de forma inconsciente. Y l ahi?el meollo del asunto del presunto, pero evidente, caso de plagio en el que esta?involucrada la ministra de la SCJN, Yasmin Esquivel Mossa, el cual, con justa y sobrada razon, freno?y acabo?con sus aspiraciones de presidir el Poder Judicial y de ser la primera mujer en hacerlo.
Como? es. Aunque la ministra Esquivel y sus compas de Morena y la 4T hicieron de todo para minimizar, desestimar o negar la acusaci?n de plagio (de tesis con la que Yasmin Esquivel Mossa obtuvo su t?tulo de licenciatura en la UNAM) para poder seguir -montados -? en la contienda por la presidencia de la SCJN, la gravedad del caso de deshonestidad acad?mica (constatado por la UNAM) en el que, sin duda alguna, esta?involucrada la ministra Esquivel ameritaba que pasara lo que paso; es decir, que el pleno de la SCJN, en pleno uso de sus facultades, atribuciones y obligaciones, no la haya elegido para encabezar el maximo tribunal del pais.
El asunto es que, aunque lo niegue o lo refiera de forma distinta, la ministra Esquivel esta?involucrada en un caso de plagio de sumo interes publico y academico que, como tal, debe ser tratado, juzgado y sancionado.
A modo de resumen, concluyo citando lo dicho por el investigador del IISUE-UNAM, Hector Vera: Indagar el plagio de los servidores publicos en sus tesis (aunque las hayan escrito decadas atras) es un asunto de interes publico y academico. Descubrir que un politico plagio?no es un asunto secundario porque los t?tulos universitarios les sirven a esos individuos para justificarse como personas dignas y capaces de ostentar cargos publicos […] Cuando los plagiarios obtienen beneficios en la forma de prestigio, posicion o dinero estan rompiendo las reglas del juego y deben, en consecuencia, ser excluidos del juego.
A?da Mar?a Holgu?n Baeza
laecita.wordpress.com
laecita@gmail.com
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