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Aprueba Congreso Ley de Responsabilidad Patrimonial

Dipu..Chihuahua.- Con la creación de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el estado de Chihuahua, aprobada hoy durante el período extraordinario de sesiones, se reconoce el derecho de los ciudadanos a recibir una indemnización por daños que pudieran sufrir en sus bienes por deficiencias u omisiones derivadas de las actividades efectuadas por el estado o sus municipios.

 

La citada iniciativa fue propuesta a principios de este año por diputados del GPPAN en voz de su coordinador diputado Héctor Ortiz Orpinel, en busca de que las autoridades respondan a la población con procedimientos sencillos por los daños que pudieran ocasionar, por ejemplo, al realizar obras de poca calidad.

 

Aunque las más comunes podrían enmarcarse dentro de las obras públicas ordinarias como las de  pavimentación, construcción de puentes o falta de tapas de alcantarillado, la reciente ley contempla los bienes y derechos de los ciudadanos en general.

 

Al respecto, el legislador Héctor Ortiz declaró que se trata de un esquema ganar-ganar, pues por una parte obliga a las autoridades a supervisar con mayor detalle la realización de sus obras para no pagar daños, y por otra, la población tendrá la seguridad de cobrar los daños que pudiera sufrir.

 

“Las autoridades no querrán estar pagando por daños ocasionados y tendrán que estar pendientes de sus obras o instalaciones; el ciudadano estará más tranquilo al saber que si sus bienes son afectados podrá iniciar un procedimiento para resarcir el daño sin pagarlo de su bolsa”, destacó.    

 

La iniciativa fue presentada desde enero de este año y en días recientes cobró vigencia a raíz de las afectaciones patrimoniales por las lluvias, sufridas por ciudadanos principalmente en sus vehículos por falta de señalización o deficiencias presentadas en algunas de las obras públicas.


La citada ley respalda a nivel local las disposiciones federales en la materia para lograr la reparación rápida del daño sufrido por acciones irregulares, deficiencias u omisiones de los gobiernos. Consta de 8 capítulos que prevén los diferentes aspectos relacionados con el tema.


Así como establece que las autoridades pueden “repetir” a un servidor público el pago de la indemnización en caso de encontrarle alguna responsabilidad o negligencia, también alerta a los ciudadanos sobre sanciones de 20 a 120 salarios mínimos en caso de promover una reclamación notoriamente improcedente o infundada.

 

En la nueva ley se tratan: Capítulo Primero, Disposiciones Generales; Capítulo Segundo, de la obligación de indemnizar y las previsiones presupuestarias; Capítulo Tercero, de las Indemnizaciones; Capítulo Cuarto, del Procedimiento; Capítulo Quinto, de la Concurrencia; Capítulo Sexto, de la Prescripción; Capítulo Séptimo, Derecho del Estado de Repetir Contra sus Servidores Públicos y el Capítulo Octavo, de las Prevenciones Generales. 

 

Entrará en vigor a partir del primer día de enero del próximo año y responderá por daños que ocurran a partir de las 00:00 horas de ese día.

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