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Autoridades tendrán que pagar daños a particulares

sesiondpChihuahua.- Con la publicación de la nueva Ley de Responsabilidad Patrimonial para el estado, propuesta por legisladores del Grupo Parlamentario del PAN, las autoridades estarán obligadas a resarcir oportunamente los daños ocasionados como producto de sus actividades ordinarias, de las cuales los baches constituyen un claro ejemplo. El impulsor de dicha ley, diputado Héctor Ortiz Orpinel informó que el día 5 de enero entró en vigor  tras ordenarse  su publicación en el Periódico Oficial del Estado por parte del Ejecutivo.

 Agregó que su propuesta obliga a las autoridades, del nivel que sean, a responder con rapidez a los ciudadanos cuando hayan sufrido daños en su persona o su patrimonio a causa de obras o instalaciones descuidadas, incompletas, o con deficiencias y es una ley que vela por los legítimos derechos de los chihuahuenses.
“Gracias a esta ley, mediante un procedimiento sencillo y rápido los ciudadanos en general podrán hacer efectivo el resarcimiento del deterioro ocasionado con motivo de la propia actividad administrativa de las autoridades. Sería injusto, por ejemplo, que cuando un automovilista cae en una zanja sin señalización, todavía tenga que correr con los gasto de la reparación y del servicio médico al sufrir lesiones. Si bien el año pasado se autorizó a los municipios el cobro de una contribución especial para tareas de mantenimiento al pavimento, justo es que ahora en contraparte el ciudadano pueda reclamar los perjuicios en su contra.”, declaró.
Aclaró que previendo la posibilidad de que algún “vivo” pudiera presentar como recientes daños sufridos en otra ocasión y ajenos a la autoridad, abusando de la generosidad de esta nueva ley, se establecieron una serie de candados como el hecho de multar con una cantidad variable de 20 a 120 salarios mínimos, una reclamación improcedente.
El procedimiento para hacer efectivos los daños inicia con la reclamación del afectado ante la autoridad que crea responsable, municipio o estado. La autoridad deberá canalizar la queja en un plazo no mayor a 48 horas, a la instancia responsable de los daños.
Las autoridades podrán argumentar que tal o cual situación no es su culpa, sin embargo la denuncia se encaminaría siempre a un responsable, quien está obligado a responder en máximo 5 días. Posteriormente, en plazo menor a 10 días hábiles la queja será analizada y contestada por escrito al afectado.
“El reto ahora para las autoridades será mantener en buenas condiciones las instalaciones públicas, accesos a edificios públicos, las calles en general, el alumbrado, pues ningún gobierno querrá estar pagando costosas reparaciones o daños a particulares” concluyó.

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